VOX Martos pide prohibir la entrada con burka o niqab a edificios públicos
Lo ha hecho a través de una moción que presentará en el pleno de este jueves en la que afirma que "el velo islámico impide la identificación visual"
Foto: EXTRA JAÉN
Gerardo Aceituno, portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Martos.
El grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento de Martos ha presentado una moción que no quedará exenta de polémica para su aprobación en el pleno que se celebrará este jueves. Concretamente, piden la regulación del acceso a dependencias municipales en caso de ocultación integral del rostro "con niqab, burka o prendas equivalentes".
Según recoge la moción presentada por el portavoz de Vox en la localidad, Gerardo Aceituno, "la utilización de prendas sin arraigo en España que cubren total o parcialmente el rostro como el velo integral islámico (niqab o burka) impide objetivamente la identificación visual y dificulta el cumplimiento de las funciones públicas, con independencia de la motivación cultural o religiosa de quien las porta".
Dicen los de Vox que los edificios públicos son espacios en los que "se presta atención al público, se gestionan datos personales y se debe garantizar la seguridad de los trabajadores y usuarios" por lo que consideran que "la identificación visual es un requisito imprescindible para verificar la identidad de las personas, prevenir suplantaciones" y, reiteran en la moción, "es necesario por la seguridad de los trabajadores y del buen funcionamiento del servicio público".
Además, desde el partido alegan que la regulación que proponen de prohibir este tipo de prendas "es una exigencia funcional ya que el acceso a dependencias o edificios públicos debe estar sujeto a condiciones objetivas y proporcionadas de acceso para respetar los derechos fundamentales".
En cuanto a los fundamentos de derecho que Vox alega para hacer esta petición citan el artículo 10.1 de la Constitución Española sobre la dignidad de la persona y el desarrollo de la personalidad; el artículo 14, igualdad y no discriminación; el artículo 103.1, objetividad y neutralidad de la Administración, y los artículos 25.2 y 84 de la Ley Reguladora de la Bases del Régimen Local que hacen referencia a las competencias municipales en seguridad, convivencia y gestión de instalaciones.
Sentencia
A pesar de los fundamentos presentados por el partido de Vox en Martos para el intento de prohibir el acceso a edificios públicos a personas que utilicen prendas como el burka o el niqab, el Tribunal Supremo ya emitió una sentencia en 2013 contra un Ayuntamiento de Lleida, en Cataluña, que prohibía el uso del velo integral en edificios públicos.
El Tribunal Supremo dio la razón al recurrente, estimando el recurso de casación y anulando la ordenanza municipal por dos motivos: primero, porque la ordenanza limitaba "un derecho fundamental, en concreto la libertad religiosa de las mujeres que usan velo integral"; y segundo, porque el Ayuntamiento "no tiene competencia para imponer esa limitación, ya que cualquier restricción a un derecho fundamental debe establecerse mediante una ley aprobada por el legislador, no por una simple ordenanza municipal".
Para llegar a esta conclusión, el Tribunal Supremo se apoyó ampliamente en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y recuerda que "los límites a la libertad religiosa solo son válidos si están previstos por ley y debidamente justificados".
Además, el Tribunal rechazó los argumentos utilizados por la sentencia anterior, que había aceptado la prohibición alegando razones de seguridad, orden público, tranquilidad ciudadana e igualdad de la mujer. Razones similares que alegan los de Vox en Martos para hacer esta petición a través de la moción.
Según el Supremo, esas afirmaciones "no están suficientemente justificadas ni se demuestra que la prohibición sea realmente necesaria para proteger esos intereses".
Por último, el Tribunal Supremo advertía con esta sentencia contra el Ayuntamiento de Lleida del riesgo de que una prohibición como esta tenga un efecto contrario al buscado, "ya que podría dificultar la integración en los espacios públicos de las mujeres a las que, en teoría, se pretende proteger".