Abren el pago voluntario del impuesto de vehículos de tracción mecánica
Las bonificaciones se establecen en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente
Foto: EXTRA JAÉN
Ayuntamiento de Jaén
El Ayuntamiento de Jaén ha informado este sábado en un comunicado de la apertura del plazo para abonar el pago voluntario del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) hasta el próximo 31 de marzo de 2024. De esta forma, puede realizarse el abono de la cuantía correspondiente a cada vehículo en cuyo permiso de circulación conste como domicilio Jaén.
La ordenanza fiscal reguladora de este impuesto recoge que las bonificaciones se establecen en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente y en función de la clase de carburante que consuma. Así, "los vehículos híbridos y aquellos de motorización de gasolina adaptados para usar gases licuados del petróleo y los que cuyo motor esté adaptado para utilizar etanol, al menos en un 85%, se beneficiarán de una rebaja del 75% en el pago de la cuota íntegra de este y en un 25% aquellos de gasoil que estén adaptados para utilizar biodiesel al cien por ciento". En relación al tipo de vehículos declarados como "históricos", la ordenanza "impone una rebaja del 75% en el pago de la cuantía de este impuesto y para aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de su fecha de fabricación, la rebaja es del 50%".
De igual modo, aquellos vehículos que "habiendo sido dados de baja en los registros, por antigüedad de sus modelos, no están sujetos a este impuesto y pueden ser autorizados para circular excepcionalmente con ocasión de exhibiciones, certámenes o carreras limitadas a los de esa naturaleza. Esta situación rige también para los remolques o semiremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica "cuya carga útil no sea superior a los 750 kilogramos", así como para aquellos utilitarios matriculados Qconforme a los puntos que se recogen en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre tracción mecánica 2019/410'.
Desde la concejalía de Hacienda se recuerda a aquellos contribuyentes que no tengan domiciliado este pago que pueden hacerlo efectivo a través de las distintas entidades colaboradoras o, con cita, en las oficinas de Gestión y Recaudación Tributaria del Ayuntamiento de Jaén, situadas en la calle Obispo González, 9.
El pago de impuestos también puede ejercerse mediante domiciliación bancaria. Así, los contribuyentes que quieran hacer efectiva esta domiciliación deben cumplimentar el modelo de 'Domiciliación de Pagos de Recibos en Entidades Bancarias', sellado y fechado por el banco o caja y entregarlo, posteriormente, en las oficinas del Servicio Municipal de Gestión y Recaudación Tributaria del Ayuntamiento de Jaén. Este modelo está disponible tanto en las mencionadas dependencias municipales como en la sede electrónica del Consistorio: https://sede.aytojaen.es.