Jaén podrá acogerse a las nuevas excepcionalidades de la PAC

El déficit hídrico, unido a la guerra en Ucrania y la alta inflación, lleva a la Junta a tomar esta resolución prevista por el Estado y la UE

 Jaén podrá acogerse a las nuevas excepcionalidades de la PAC

Olivar.

El Consejo de Gobierno aprobó ayer la resolución adoptada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural que permite adoptar nuevas medidas excepcionales en el seguimiento, gestión y control de la PAC debido a la situación generada por la sequía y que afectarán a las ocho provincias andaluzas y al olivar, en el caso de Jaén.

Con esta resolución la Junta adopta una segunda medida de flexibilización en la aplicación de la Política Agraria Común en Andalucía, amparada en disposiciones europeas y nacionales que consideran la causa de fuerza mayor y circunstancias excepcionales por las que las comunidades autónomas pueden moderar determinados requisitos, condiciones para el acceso a las subvenciones y cumplimiento de los compromisos de la PAC. Esta segunda flexibilización, que afecta tanto a la condicionalidad como a los ecorregímenes, se produce tras la circular del 25 de mayo del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Tras la primera de las flexibilizaciones en octubre de 2022, esta segunda resolución del Ejecutivo andaluz se produce ante la imposibilidad del cumplimiento de determinados requisitos de la condicionalidad y de los ecorregímenes por parte de los perceptores de las ayudas debido a los efectos prolongados de la sequía y a fin de paliar éstos. Al mismo tiempo, se trata de complementar la primera resolución centrándose ahora en la campaña 2023 y estableciendo como territorio de aplicación la totalidad de las ocho provincias andaluzas.

Las medidas de flexibilización que se adoptan en la resolución se refieren al agricultor activo, situaciones de riesgo de incumplimiento de requisitos de actividad agraria y creación de condiciones artificiales y la condicionalidad reforzada en lo relativo a la creación de franjas de protección en los márgenes de ríos y el porcentaje mínimo de superficie agrícola dedicada a superficies o elementos no productivos.

Respecto a los ecorregímenes, las medidas afectan al pastoreo extensivo, las islas de biodiversidad, la siega sostenible, la rotación con especies mejorantes, la siembra directa y los espacios de biodiversidad, así como medidas relativas a las ayudas directas acopladas y los controles. De esta forma, entre otras acciones se encuentra la flexibilización de los requisitos para cumplir con la figura del agricultor activo en aquellas explotaciones que ya se vieron afectadas por la sequía en 2022 y en las que no se alcanza el porcentaje de ingresos agrarios exigidos del 25%, pudiendo considerar alguno de los dos ejercicios fiscales anteriores.

Por otro lado, se adopta también para aquellas zonas de pastos mediterráneos delimitadas de sequía, reduciéndose la carga ganadera mínima, así como se establece la posibilidad de dedicar a siega o pastoreo las franjas de protección de márgenes de ríos y las superficies dedicadas a elementos no productivos.

Respecto a la flexibilización de los ecorregímenes, en el del pastoreo extensivo se podrá reducir el período de éste hasta 60 días al año. En el caso del de rotación con especies mejorantes del suelo, se permitirá reducir el porcentaje mínimo de superficie cultivadas para los titulares que sembraron antes del 1 de mayo el 5% de leguminosas. Además, se incrementa el porcentaje máximo de barbecho y se permite no llegar a la floración en el caso de las leguminosas y poder pastorear o segar las superficies con cultivos mejorantes del suelo. Finalmente, en el ecorrégimen de biodiversidad se permite pastorear y segar los barbechos y los márgenes de islas de biodiversidad.

Por último, respecto a la ayuda asociada a la producción sostenible de proteína de origen vegetal, se flexibiliza igualmente el pastoreo y la siega, afectando ello también al abonado en verde.