Jaén aprueba su primera ordenanza de terrazas y veladores

La norma, consensuada con vecinos y Hosturjaén, regula horarios, aforo y licencias para compatibilizar ocio y descanso vecinal

 Jaén aprueba su primera ordenanza de terrazas y veladores

Foto: EXTRA JAÉN / Archivo

Terraza de Jaén

El Ayuntamiento de Jaén ha sacado adelante en el pleno ordinario de este mes de febrero la primera ordenanza para regular terrazas y veladores de la ciudad, un documento consensuado y debatido durante semanas con representantes vecinales y Hosturjaen, patronal del sector hostelero. La iniciativa que ha sido aprobada con los votos a favor de PSOE, Jaén Merece Más y PP, y la abstención de Vox.

El no contar con votos en contra ha sido un gesto que ha agradecido la concejala de Urbanismo, África Colomo, que ha puesto de manifiesto que ese apoyo refrenda el trabajo político y también el desarrollo técnico realizado por los trabajadores de la Gerencia de Urbanismo para "armar un texto que principalmente tiene como objetivo preservar el interés general conciliando el derecho al descanso de vecinos y vecinas y atendiendo las demandas del sector hostelero para el normal desarrollo de su actividad económica".

El texto, en palabras de Colomo, viene a dar seguridad jurídica sobre un asunto, el de la instalación de terrazas y veladores de bares y restaurantes, que "era necesario ajustar la realidad actual de la ciudad, tras los cambios que Jaén ha experimentado, y que ha supuesto un ingente trabajo".



Tras la aprobación en el pleno, "se constituirá una mesa tripartita entre Ayuntamiento, hosteleros y representantes vecinales, para atender aquellas cuestiones o situaciones puntuales que se puedan dar en el desarrollo y aplicación de esta nueva norma para que esa solución siga siendo, en todo caso, consensuada".


Sobre la normativa aprobada, el documento incluye medidas como el aforo de terrazas, la recogida a la una de la madrugada sin retraso y el control de la limpieza que corresponde a los negocios; también se regula el uso de mobiliario, de tal manera que todo el material de veladores y terrazas debe quedar recogido fuera del espacio público una vez termine el horario de actividad.

En ese sentido, la ordenanza incluye que será requisito imprescindible para el otorgamiento de la licencia municipal de veladores que el establecimiento posea licencia municipal de apertura y estar al corriente en el pago de tasas, sanciones, y demás deudas con la Administración Local.

Se trata además de una licencia específica para las terrazas, disponer de este espacio solo con la de apertura del establecimiento no es suficiente. Del incumplimiento de medidas de aforo o limpieza, entre otras, se derivan infracciones que, de ser continuadas en el tiempo, conllevarían por su gravedad la pérdida de la licencia.

El texto deja claro que la instalación de la terraza deberá ajustarse expresamente a lo autorizado en la licencia y a sus condicionantes, sin que en ningún momento se pueda sobrepasar la superficie total concedida ni aumentar los elementos que la conforman.

Del mismo modo, deja claro que la preferencia es el uso común general, el del tránsito peatonal, garantizando que las terrazas no disminuyan la seguridad y aseguren el funcionamiento de los servicios públicos y de emergencia.

El documento regula también la capacidad del Ayuntamiento de intervenir en zonas saturadas acústicamente y el tiempo de otorgamiento de la licencia, que siempre será limitado. Se establecen como zonas libres, que no podrán ser ocupadas con terrazas los accesos a edificios, viviendas, garajes y locales comerciales, las zonas de carga y descarga, dentro de las limitaciones horarias establecidas, los vados permanentes, las salidas de emergencia, los pasos de peatones, isletas o glorietas y las paradas de transporte público: autobús, taxi, y tranvía.

El texto regula la disposición con medidas exactas sobre la calzada, las condiciones estéticas o la limitación por paisaje o patrimonio histórico. También se adentra en la estética del mobiliario, toma como referencia la legislación nacional que prohíbe ese mobiliario con publicidad inserta y valora la colocación de elementos delimitadores como macetones o postes.

Una vez comience la aplicación de la ordenanza, técnicos municipales y Policía Local, tras un periodo de adaptación, procederán a comprobar el cumplimiento de las medidas que contempla la ordenanza.