Exigen "estricta legalidad" para los sondeos de tierras raras

Siece alerta de riesgos ambientales y radiológicos en el norte de Jaén y pide limitar las expropiaciones vinculadas al Proyecto Orión

 Exigen "estricta legalidad" para los sondeos de tierras raras

Foto: EXTRA JAÉN / Archivo

Yacimiento de Puente Tablas

La Sociedad Ibérica para el Estudio y Conservación de los Ecosistemas (Siece) ha exigido a la Junta de Andalucía que se cumpla "la estricta legalidad" de cara a autorizar las expropiaciones para los sondeos que buscan en el norte de la provincia de Jaén yacimientos de tierras raras y otros minerales estratégicos, entre ellos titanio o circonio.

Se refieren al desarrollo del Proyecto Orión, promovido por la mercantil Osmond Resources a través de su filial Green Mineral Resources S.L.

La convocatoria para el levantamiento de actas previas de ocupación temporal los días 8 y 9 de julio en los municipios jiennenses de Aldeaquemada, Castellar, Montizón y Santisteban del Puerto ha llevado a Siece ha emitir un informe sobre las consecuencias de estos sondeos.



Siece señala que las alegaciones de los afectados y los ayuntamientos de la comarca no deben responder a "una oposición sistemática al desarrollo industrial, sino a la exigencia estricta de legalidad".

En este sentido, reclaman a Junta de Andalucía la reducción de los plazos de ocupación temporal al tiempo mínimo de ejecución técnica del sondeo. También pide la presentación de avales financieros específicos para la restauración inmediata de los terrenos afectados.

A ello se suma la acreditación pública del cumplimiento de las obligaciones de evaluación ambiental en espacios Red Natura 2000, y la fiscalización radiológica de los lodos de perforación por el Consejo de Seguridad Nuclear.

El permiso de investigación otorgado abarca una cuadrícula minera de 228 kilómetros cuadrado (22.800 hectáreas). Los planes de prospección contemplan sondeos mecánicos profundos que alcanzan los 242 metros.

Esta intervención, según Siece, presenta dos riesgos técnicos críticos: la interconexión de acuíferos por la perforación profunda sin un sellado inmediato y estanco. De esta forma, se genera riesgo de comunicación entre capas freáticas someras limpias y flujos subterráneos profundos cargados de metales pesados, con "efectos potencialmente irreversibles sobre el dominio público hidráulico".

Añaden que los minerales objeto de investigación --monacita, rutilo y circonio-- llevan asociados de forma intrínseca elementos radiactivos como el torio, el uranio y el radio. La extracción, trituración y gestión de los lodos de perforación movilizan estos elementos.

En este punto, indican en su análisis, que la normativa vigente establece que las industrias que procesan materiales con radionucleidos naturales deben gestionarse dentro del mismo marco reglamentario que otras prácticas sujetas a control radiológico, lo que exige la fiscalización activa por parte del Consejo de Seguridad Nuclear.

Además, hacen constar que los puntos de sondeo programados se ubican sobre Lugares de Interés Comunitario (LIC) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), áreas críticas para la conservación del lince ibérico (Lynx pardinus) y el águila imperial (Aquila adalberti).

La normativa aplicable, según Siece, exige una evaluación adecuada de las repercusiones sobre la integridad de estos espacios para cualquier plan o proyecto que pueda afectarlos de forma apreciable. Adicionalmente, los proyectos que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000 están sujetos, como mínimo, a evaluación de impacto ambiental simplificada.

La ejecución de las catas exige plataformas de perforación de entre 200 y 500 metros cuadrados, balsas de decantación de lodos y viales de acceso de al menos cuatro metros de ancho para maquinaria pesada.

Estas actuaciones, dice Siece, conllevan compactación severa del suelo, alteración de la escorrentía superficial y pérdida irreversible de cubierta vegetal en zonas de olivar y dehesa.

También señalan que las indemnizaciones por ocupación temporal previstas por la legislación minera, basadas en el valor catastral rústico, no cubren el lucro cesante real derivado de la pérdida de producción agrícola durante el período de ocupación ni el coste de recuperación física del suelo, que en terrenos compactados por maquinaria pesada puede extenderse entre tres y cinco años tras el cese de la actividad.

Asimismo, indican que la ejecución de un sondeo mecánico de 242 metros de profundidad requiere un plazo de ejecución técnica de entre cinco y diez días de trabajo por punto. Sin embargo, la Junta de Andalucía tramita las expropiaciones forzosas bajo un régimen de ocupación temporal por un plazo fijo de tres años, alineado administrativamente con la vigencia del permiso de investigación hasta julio de 2028.

"Privar a un propietario del uso y rendimiento de su suelo durante 36 meses para una actividad que se resuelve en menos de dos semanas exige, cuando menos, una justificación técnica detallada y objetiva que no consta en el expediente", dice Siece.

Por último, apuntan a que la minería moderna de tierras raras se caracteriza por un elevado índice de automatización y la necesidad de perfiles de alta especialización: ingeniería de minas, geología de campo, química de procesos y operaciones hidrometalúrgicas.

Al no existir esta oferta en la comarca, la mano de obra cualificada "será importada directamente" por un operador minero que en este caso en trasnacional y el impacto en el empleo local "quedará circunscrito a puestos de baja cualificación seguridad perimetral, movimiento de tierras primario" y a "un repunte estacional en el sector servicios limitado a la fase de construcción, estimada en dos o tres años".

A medio plazo, según concluye Siece, la actividad plantea un escenario de economía de burbuja con escaso arraigo estructural en el territorio.