Cita otoñal con la mayor trama corrupta de Jaén

El último cuatrimestre del año traerá la resolución de las apelaciones al TSJA del caso Matinsreg y la pieza separada del cemento

 Cita otoñal con la mayor trama corrupta de Jaén

Foto: E. P.

Juicio del caso Matinsreg.

El último cuatrimestre traerá el desenlace de las apelaciones de los investigados y condenados por la Audiencia Provincial en el caso Matinsreg en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la reanudación del caso de la pieza separada conocida como la del cemento, que fue archivada provisionalmente por una cuestión de forma.

Según las fuentes de la acusación consultadas por EXTRA JAÉN, las apelaciones al TSJA por el pronunciamiento de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial a mediados de julio de 2021, están a la espera del alta por enfermedad del magistrado del TSJA. La cita para resolver las apelaciones estaba prevista para el pasado 21 de abril para estudiar y se suspendió por enfermedad del magistrado de la sala de lo civil y penal.

La notificación fue enviada a las partes y especificaba que se aplazaba “al haber cursado baja médica el Ilmo. Sr. Magistrado de esta sala D. Rafael García Laraña".



En el caso de que el alta se demorara, la propia sala estableció unas normas para proceder al nuevo reparto para estudiar y votar las apelaciones de los siete acusados.

Los apelantes al TSJA fueron: Agustín Sánchez García, Luis Gregorio González Valero, José Merino Acero, Isidoro Hipólito Cobo Saiz, Rodrigo García Cámara, Miguel Ángel García Anguita y Manuel Del Moral Negrillo.

Pieza del cemento
En cuanto a la pieza separada del cemento el Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén acordó su sobreseimiento provisional en abril de este año. El motivo fue que el juzgado no acordó en plazo la prórroga de la causa para poder continuar con las diligencias de la investigación, lo que provocó que el 29 de julio de 2021 concluyera el plazo para acordar la prórroga de la causa sin que el Juzgado lo hiciera, ya que aún no era titular de ese órgano judicial, tal como se recogía en el auto.

Después del archivo, el equipo de Gobierno municipal (PSOE-Cs) en el Ayuntamiento de Jaén inició un nuevo procedimiento judicial, argumentando que “su archivo se debió solo a cuestiones de burocracia judicial”.

Posteriormente la Fiscalía de Jaén interpuso un recurso de apelación tras el archivo de la pieza del cemento en el que, según informó Radio Jaén, que tuvo acceso al documento, el fiscal Carlos Rueda observaba delitos de “prevaricación y malversación de caudales públicos en las actuaciones de los inicialmente investigados, entre ellos el exalcalde de la capital, José Enrique Fernández de Moya o los exconcejales Miguel Ángel García Anguita o Manuel del Moral”.

Todo indica que en el cuarto cuatrimestre se resolverá la apelación y se juzgarán los hechos de un caso que la Guardia Civil apunta a facturas infladas por valor de 2.674.196 euros y relacionadas con obras de mantenimiento urbano en la ciudad de Jaén de agosto de 2012 a marzo de 2015, con Fernández de Moya en la Alcaldía. El foco estará en ocho empresas y sociedades que compartían el mismo intermediario que facilitó el desembargo de la sociedad zamorana Matinsreg en la capital jienense.

Caso Matinsreg
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén hizo pública el 14 de julio de 2021 la sentencia del mayor caso de corrupción en la ciudad de Jaén desarrollado entre el 8 de agosto de 2012 y el 15 de septiembre de 2013, en pleno mandato del Partido Popular, con José Enrique Fernández de Moya como alcalde. El Ayuntamiento de Jaén gastó 4.238.317 euros por las facturas falsas y los trabajos que la empresa Matinsreg, de Toro (Zamora), realizó para el mantenimiento de las fuentes ornamentales y los semáforos de la ciudad, principalmente.

Tras el juicio de 10 sesiones, celebradas entre el 5 y el 28 de abril de 2021, la Audiencia Provincial decidió en su sentencia, absolver completamente al exalcalde de Jaén, José Enrique Fernández de Moya (PP), acusado de prevaricación y malversación.

La sentencia, absolvió también a la única mujer que aparecía como acusada, y condenó a los otros siete acusados, entre ellos los exconcejales populares Miguel García Anguita y Manuel del Moral, que ya contaba con antecedentes penales al ser condenado por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Fuengirola por un delito de hurto, según recoge la sentencia.

Los dos exconcejales, para los que se pedían ocho años de cárcel y quince de inhabilitación absoluta por delito continuado de falsedad documental en concurso con el delito continuado de malversación y de cohecho, finalmente fueron condenados a cuatro años de cárcel por malversación de caudales públicos agravada.

Los dos empresarios intermediarios, para los que se pedían siete años de cárcel por un delito continuado de falsedad en documento mercantil y de malversación de caudales públicos, fueron condenados a cinco años y nueve meses.

El gerente de la empresa Matinsreg, que reconoció los hechos durante el proceso, y depositó un millón de euros en el juzgado, fue condenado a dos años, diez meses y quince días, por malversación y falsedad documental.

Un técnico municipal fue condenado a cuatro años de cárcel, y el yerno de uno de los empresarios intermediarios, a cinco años y nueve meses.

Además, según la sentencia, “en concepto de responsabilidad civil, los acusados condenados José Merino Acero, Isidoro Hipólito Cobo Sáiz, Luis Gregorio González Valero, Rodrigo García Cámara, Miguel Ángel García Anguita, Agustín Sánchez García y Manuel del Moral Negrillo deberán indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Jaén la cantidad de 3.465.372,90 euros. Del pago de la referida cantidad responderán la mercantil Matinsreg SLU como responsable civil subsidiario, y como partícipes a título lucrativo las mercantiles Merino & Fernández Consultoría de Calidad SL y Merino Fernández Consultoría Técnica SL de la cantidad de 1.205.070´68 euros más 206.982´04 euros por intereses; Comidid SL de la cantidad de 209.985,82 euros; y Cobo & Saiz de la cantidad de 50.820 euros; cantidades también con los intereses del art. 576 LEC”.