Destinan 2,3 millones a la contratación indefinida de 835 personas

Esta ayuda llevada a cabo por la Consejería de Empleo está distribuida por 68 municipios de la provincia de Jaén

 Destinan 2,3 millones a la contratación indefinida de 835 personas

Foto: EXTRA JAÉN

La delegada de Empleo, Ana Mata, junto a Jesús Estrella.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo destina 2,3 millones de euros a ayudas a la contratación de 835 personas indefinidas distribuidas en 68 municipios de la provincia de Jaén.

"Son un importante revulsivo para la economía emprendedora, que es quien crea empleo, empleo de calidad, puesto que esta convocatoria impulsa la contratación indefinida", ha afirmado este jueves en una nota la delegada del ramo, Ana Mata.

Tras valorar que suponen "un recurso más de respaldo a las empresas, que apuesta por dar facilidades a los emprendedores en sus proyectos de negocio", ha asegurado que la Junta va a seguir colaborando con el tejido productivo, remando en la misma dirección para avanzar en su consolidación, en conseguir un buen clima de estabilidad".

Mata ha detallado que los incentivos están muy repartidos por toda la provincia. Los municipios con más ayudas son Jaén (con 165 beneficiarios), Andújar (67), Alcaudete (65), Úbeda (61), Linares (51), Baeza (36), Alcalá la Real (26), Torredonjimeno (22), La Iruela (19) Mengíbar (19) y Peal de Becerro (17).

Las ayudas oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido que formalicen las empresas y autónomos y conlleva un incremento neto de su plantilla fija.

Van dirigidas a las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica que desarrollan su actividad en Andalucía (tienen que tener en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza).

La contratación ha de mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos. El contrato ha de estar formalizado con carácter indefinido o fijo-discontinuo, a jornada completa o a jornada parcial, siempre que no sea inferior al 50 por ciento de la jornada completa, excepto en el caso de las personas con discapacidad, como medida de adecuación del empleo a sus capacidades.

La delegada ha recordado que la Consejería realizó un cambio en las bases reguladoras, de forma que se ampliaron las oportunidades de empleo estable y el mantenimiento y sostenibilidad del empleo de calidad a todas las personas que sean contratadas de forma indefinida, con independencia de que provengan o no de una situación de desempleo.

CUANTÍAS

La cuantía de la subvención es de 3.500 euros por cada contrato laboral indefinido formalizado a jornada completa. Asciende a 4.500 euros en los casos en que la persona contratada tenga 45 o más años y a 5.000 euros cuando esté incluida en los grupos de cotización del I al IV de la Seguridad Social, o la contratación se realice a una persona joven de hasta 30 años. En el caso de que concurran ambos supuestos, la cuantía asciende a 5.500 euros.

Todas estas cuantías se incrementan un diez por ciento cuando la persona contratada es una mujer o una persona con discapacidad de las que presentan mayores dificultades de acceso al mercado laboral. Así, el incentivo asciende a 3.850 euros para los contratos estables de mujeres desempleadas; 4.950 euros si tiene 45 o más años y 5.500 euros en caso de que sea contratada en los grupos de cotización del I al V o tenga hasta 30 años.

La norma establece también un incremento del 20 por ciento en los supuestos anteriores si la persona contratada es mujer con discapacidad, de manera que el incentivo puede llegar a alcanzar los 6.600 euros.

Si la contratación se formaliza a jornada parcial o el contrato indefinido es fijo discontinuo a jornada completa, la cuantía de la subvención es del 50 por ciento de las cuantías anteriores y del 25 por ciento si el contrato fijo discontinuo se suscribe a tiempo parcial. Las contrataciones subvencionadas han debido hacerse a partir del 1 de abril y hasta el 2 de diciembre de 2022. El pago es del 100% del importe de la subvención.

La tramitación de estas ayudas se ha realizado completamente de forma telemática y no ha sido necesaria la presentación de documentación adicional, ya que la Consejería de Empleo ha diseñado un sistema automatizado de resolución de expedientes de ayudas, ya empleado con éxito en otras convocatorias, y que forma parte de la estrategia de simplificación de trámites administrativos de la Junta de Andalucía.

El contrato laboral indefinido debe mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidamente, a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral. El contrato laboral fijo-discontinuo se ha de mantener al menos en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento, requiere que el tiempo de servicios prestados en el año siguiente al de la contratación sea el mismo o superior al prestado en el año de la contratación.

En caso de cese de la relación laboral por causas no imputables a la persona o entidad solicitante con anterioridad el periodo establecido en la subvención, ésta debe completarse con una sustitución por el tiempo restante contemplado en la contratación inicial.

CUOTA CERO

Por otra parte, la delegada ha explicado que la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha puesto ya a disposición de los autónomos que se dieron de alta en 2023 el trámite de solicitud 'on line' de la denominada Cuota Cero. Consiste en el "reintegro" de las cuotas pagadas durante el primer año de actividad, desde que se acogieran a la Tarifa Plana estatal como nuevo autónomo.

Es decir, los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante el año 2023 pueden realizar ya el trámite de solicitud 'on line', siempre que tengan cumplidos los doce mes de alta. Por tanto, este mes de enero pueden solicitarlo quienes cursaron el alta en enero de 2023 y se hayan acogido a las reducciones especiales contempladas por la Seguridad Social.

La Consejería de Empleo mantendrá abierto el plazo de esta convocatoria hasta septiembre de 2026, por lo que los nuevos autónomos que vayan cumpliendo el requisito de los doce meses de alta, podrán acceder en cualquier momento al trámite 'on line' para realizar la solicitud y cumplimentar los datos solicitados, sin necesidad de adjuntar documentación.

En el número de cuenta proporcionado, se abonará a los beneficiarios que cumplan los requisitos el importe correspondiente a los doce meses de pago de cuotas a las Seguridad Social, es decir, alrededor de los 1.000 euros. Las bases reguladoras de estos incentivos al fomento del trabajo autónomo pueden consultarse en la web de la Consejería de Empleo.