El plazo para la explotación de kioskos acaba el 14 de noviembre

La presidenta del Patronato Municipal de Asuntos Sociales, María Segovia, lo señala como una oportunidad para el autoempleo

 El plazo para la explotación de kioskos acaba el 14 de noviembre

Foto: EXTRA JAÉN

La presidenta del Patronato Municipal de Asuntos Sociales, María Segovia

El plazo para participar en el concurso público para explotar los once kioscos vacíos de la capital estará abierto hasta el 14 de noviembre. Así lo ha recordado la presidenta del Patronato Municipal de Asuntos Sociales, María Segovia, quien ha animado a las personas que estén interesadas “a participar en este proceso, puesto que constituye una buena oportunidad para el autoempleo”.


María Segovia, ha insistido en que “a través de este proceso se garantiza la seguridad jurídica y la igualdad de oportunidades a la hora de acceder a la explotación de los kioscos” y ha puesto en valor “el trabajo desarrollado desde el Patronato a lo largo de todo el año en la regulación de aquellos que estaban en situación irregular para poder sacar a concurso los que se encuentran vacíos -un procedimiento que no se llevaba a cabo desde 2020-, y que cumplen los requisitos necesarios para continuar siendo explotados”.



La edil ha apuntado que “su instalación supone la ocupación de la vía pública, que gestiona el Ayuntamiento y, tras la concesión del permiso para su explotación, la persona que lo regente será responsable de la instalación de la caseta en la que se ubica” y ha recordado que “los once kioscos vacíos se ubican en el Paseo de la Estación 11, avenida de Andalucía 70, plaza Virgen del Carmen s/n, Paseo de la Estación 44, Obispo Alonso Suárez (esquina avda. Madrid, 46), avenida Santa María del Valle (frente Sector II), plaza de los Jardinillos, calle Virgen Del Rocío, avenida de Andalucía 18-20, carretera Torrequebradilla, s/n y avenida Santa María del Valle 3”.

Podrán participar en esta convocatoria quienes estén empadronados en la ciudad de Jaén, sean mayores de edad y no hayan alcanzado la edad reglamentaria de jubilación, y no posean ni ellos ni sus cónyuges, otra instalación o kiosco en explotación, sea o no en vía o en espacios públicos.

La ordenanza municipal que regula esta actividad recoge que las personas que exploten los kioscos tienen que cumplir una serie de requisitos, como hacerse cargo personalmente del negocio, no tener otro trabajo o situaciones de incompatibilidad como tener una prestación de incapacidad permanente u otras y, en el caso de no explotarlo personalmente, tiene que pedir permiso a la administración local para que autorice la concesión a otra persona.

Las personas interesadas en concurrir al proceso deberán aportar el modelo oficial de solicitud, el resguardo que acredite el depósito de la fianza establecida, que será de 50 euros, una declaración responsable en la que el solicitante afirme no hallarse incurso en ninguno de los casos de incapacidad e incompatibilidad para contratar con la administración, recogidos en la legislación vigente, así como estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con Seguridad Social y con el Ayuntamiento, la declaración de la renta del ejercicio 2023, una declaración responsable de no poseer ni ellos ni tampoco ninguno de los miembros de la unidad familiar otra instalación o quiosco en explotación, sean o no en vía o espacios públicos y la documentación que acredite otras situaciones sociales, así como circunstancias familiares, sociales y económicas de otra índole.

Asimismo, habrá que abonar una tasa por la utilización privativa del dominio público con la instalación de kioscos en la vía pública. Esta cuota se fija atendiendo a las categorías establecidas en el Callejero Fiscal para cada una de las calles donde radique el kiosco y en función del tiempo de duración de la ocupación y de la superficie autorizada en virtud de licencia, o la realmente ocupada, si fuera mayor. Las cuotas anuales a establecer serán las que resulten de la aplicación del cuadro de tarifas recogido en la Ordenanza, estableciéndose para el primer año un mínimo de 50,08 euros y un máximo de 56,68 euros.

En el concurso tendrán prioridad aquellas personas que acrediten las siguientes circunstancias: Encontrarse en situación de desempleo, pertenecer a familia monoparental o a familia numerosa, tener reconocimiento de discapacidad, tener familiares con discapacidad en la unidad familiar o tener mayores a cargo en la unidad familiar.