La Junta anima a los autónomos de 2023 a pedir la pedir la Cuota Cero

Consiste en el "reintegro" de las cuotas pagadas durante el primer año de actividad, desde que se acogieran a la Tarifa Plana estatal como nuevos autónomos

 La Junta anima a los autónomos de 2023 a pedir la pedir la Cuota Cero

Foto: EXTRA JAÉN

Seminario web sobre la Cuota Cero a autónomos

Los autónomos de la provincia de Jaén que se dieron de alta a partir de enero de 2023 ya pueden solicitar online la denominada Cuota Cero, que consiste en el "reintegro" de las cuotas pagadas durante el primer año de actividad, desde que se acogieran a la Tarifa Plana estatal como nuevos autónomos.

De este forma, los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante 2023 pueden realizar ya ese trámite de solicitud, siempre que tengan cumplidos los doce meses de alta.

Así lo ha explicado la delegada territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Ana Mata, en el seminario web que ha organizado la Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ), en colaboración con la Consejería de Empleo, a la que se han conectado más de un centenar de emprendedores.



La delegada y el presidente de la patronal, Bartolomé González, han inaugurado esta 'webinar' --incluido en el proyecto CEA Más Empresas, que desarrolla la CEJ--, junto a la jefa del Servicio de Economía Social y Autónomos de la Delegación de Empleo, Ana Téllez, que ha explicado las medidas en profundidad.

Mata ha subrayado que la tramitación "es muy ágil y sencilla", porque solo hay que cumplimentar un formulario 'on line" sin tener que adjuntar ninguna documentación (la administración la comprueba de oficio). "Está totalmente automatizada y se pagará en pocos días", ha apostillado.

Previsiblemente, se comenzará a pagar a partir de marzo. Además, ha recalcado que "es compatible con las ayudas al inicio de actividad, que pueden alcanzar hasta los 5.500 euros". Mata ha hecho hincapié en la relevancia de este colectivo en la provincia de Jaén. "Desde la Junta de Andalucía seguimos sumando para que las empresas puedan seguir avanzando con solidez", ha puesto de relieve.

Además, ha detallado que Empleo ha destinado 23,75 millones de euros a 2.853 autónomos y pymes de la provincia de Jaén en ayudas para compensar el sobrecoste energético de 2022 por el alza de los precios de la electricidad y el gas natural como consecuencia de la guerra de Ucrania.

La Consejería de Empleo mantendrá abierto el plazo de esta convocatoria Cuota Cero hasta septiembre de 2026, por lo que los nuevos autónomos que vayan cumpliendo el requisito de los doce meses de alta podrán acceder en cualquier momento al trámite online para realizar la solicitud y cumplimentar los datos solicitados, sin necesidad de adjuntar documentación.

En el número de cuenta proporcionado, la Consejería de Empleo abonará a los beneficiarios que cumplan los requisitos el importe correspondiente a los doce meses de pago de cuotas a la Seguridad Social, es decir, alrededor de los 1.000 euros.

BASES
Las bases reguladoras de estos incentivos al fomento del trabajo autónomo pueden consultarse en la web de la Consejería de Empleo donde se recogen los diferentes colectivos potenciales beneficiarios de la Cuota Cero que contempla tres casos en los que los beneficiarios de este incentivo podrán obtener hasta 24 meses de bonificación.

Disfrutarán del segundo año de Cuota Cero, tanto las autónomas que cesaron su actividad por maternidad, como todos aquellos trabajadores por cuenta propia que, durante los doce meses siguientes desde que finalice el periodo inicial de doce primeros meses incentivados con la Cuota Cero, tengan rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese periodo.

También tendrán 24 meses de Cuota Cero las personas trabajadoras por cuenta propia que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.

En estos tres casos, sólo debe presentarse una vez la solicitud al cumplir los doce primeros meses desde el alta en RETA, excepto en el caso de aquellas personas autónomas que tengan rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual, que tendrán que volver a presentar una segunda solicitud cuando hayan finalizado ese segundo año de alta en RETA.