Los tribunales vuelven a tumbar la RPT del Ayuntamiento de Úbeda

El juzgado ha estimado la demanda de recurso interpuesta por distintos sindicatos contra el acuerdo del pleno de marzo en el que se aprobó la Relación de Puesto

 Palacio Marqués de Mancera

Foto: Extra Jaén

Actual sede del Ayuntamiento de Úbeda

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Jaén ha estimado la demanda de recurso interpuesta por distintos sindicatos contra el acuerdo del pleno de marzo de 2022 en el que se abordó la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Concretamente el sindicato independiente de funcionarios SIFAU, el sindicato independiente de Policía Local SIP-AN y la Unión de policías locales y bomberos de Úbeda, que consideran que la RPT no se ajustaba a derecho.

En sus alegaciones, los sindicatos señalan la inobservancia del procedimiento reglado, “incumplimiento del trámite de audiencia previa a la Mesa General de Negociación, ausencia de negociación, vulneración del derecho al ejercicio de la representación colectiva para la participación en la determinación de las condiciones de trabajo del personal representado, así como la vulneración de la negociación colectiva”, entre otros aspectos. Igualmente se señala la “vulneración de la Disposición Transitoria Novena de la Ley 13/2001 de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, en cuanto a la creación de un puesto nuevo de Inspector”.

La Unión de Policías Locales y Bomberos de Úbeda, justifica la nulidad alegando igualmente la “falta del preceptivo trámite de audiencia e informes preceptivos”, ya que “el establecimiento o modificación del complemento específico exige con carácter previo que la Corporación efectúe una valoración del puesto de trabajo”. Incide además en que “la RPT fue llevada a la mesa con la presentación por la Administración Local demandada”.

La aprobación de la RPT debe ser anulada por lo expuesto y razonado, y concluye “debiendo la Corporación Local demandada, comenzar de nuevo con los trámites de procedimiento legalmente reglado”.

Por todo ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima la demanda de los sindicatos anteriormente mencionados “contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Úbeda de fecha 4 de marzo del 2022, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo”, revocándola por tanto “por no ser ajustada a Derecho”, con imposición además “de costas procesales al Ayuntamiento de Úbeda”, “con el límite de 400 euros por cada uno de los Letrados intervinientes”. Se advierte en la sentencia que cabría interponer recurso de apelación al Tribunal Superior de Justicia, y el plazo, de quince días. Sobre este asunto, y si será recurrida, el ayuntamiento de Úbeda ha rechazado, por el momento, hacer declaraciones.

Por su parte, el portavoz de la sección de SIP-AN en Úbeda, Juan Almagro, ha reflejado una sensación agridulce, “de alegría por haber ganado una sentencia y de tristeza por tener que volver a los tribunales una vez más para que se nos dé la razón”. Añade que “no es el camino judicializar nuestra relación con la administración, pero cuando no se nos atienden unas reivindicaciones tan claras, no nos queda más remedio”.

ANTECEDENTES

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tumbaba la Relación y Valoración de Puestos de Trabajo el pasado 23 de abril de 2021, que se aprobara en febrero de 2018. Entonces, la sala de lo Contencioso-Administrativo dio la razón a los sindicatos demandantes al considerar que en la RVPT aparecen puestos de trabajo que están reservados indistintamente a funcionarios y laborales, declarando “no ajustado a Derecho y anulamos el Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Úbeda de fecha 22 de febrero de 2018, por el que se aprueba la Relación y Valoración de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Úbeda, así como las adscripciones efectuadas en aplicación del mismo”.

La sentencia señalaba también que se habían de “incluir, además de la denominación de los puestos y los sistemas de provisión, los cuerpos o escalas a que estén adscritos y los grupos de clasificación profesional”, según sea del “personal funcionario de carrera” o del “personal laboral”.

CRONOLOGÍA

La Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Úbeda, conjuntamente con las enmiendas a la anulada por el Tribunal Supremo, ahora revocada, se elevaron a pleno y aprobaron el 4 de marzo de 2022 con los votos favorables del partido socialista frente a la oposición popular.

Ya en la sesión plenaria del pasado 28 de abril de 2022 se rectificaba el error material en la Relación de Puestos de Trabajo, relativo al puesto 122, de “Inspector”, que no aparecía en la plantilla presupuestaria, y que en el pleno del mes de junio se modificaba para incluirlo.

Finalmente, la aprobación definitiva de la Relación de Puestos de Trabajo se producía el pasado lunes 26 de septiembre, aunque según ha señalado el portavoz de la sección de SIP-AN en Úbeda, Juan Almagro, “se ha vuelto a hacer igual, no se nos ha citado, no se ha cumplido con el trámite de audiencia, ni se ha negociado, ni se han seguido los pasos que marca el procedimiento administrativo”, concluyendo Almagro que “nos podemos encontrar con que vuelva a ser nula”.