Ratifican las condenas al SAS a indemnizar a enfermeras por el solape

El TSJA condena además al Servicio Andaluz de Salud al pago de las costas procesales del recurso de suplicación hasta un máximo de 1.200 euros

 Ratifican las condenas al SAS a indemnizar a enfermeras por el solape

Foto: EXTRA JAÉN

Imagen de archivo de una enfermera.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia ganada por el Sindicato de Enfermería, SATSE, en Málaga, al Servicio Andaluz de Salud (SAS) en la que se les condenaba a indemnizar a una enfermera de la Agencia Pública Sanitaria Hospital Costa del Sol por el tiempo dedicado a la continuidad asistencial, el denominado solape.

En concreto, tal y como informa SATSE, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado un recurso presentado por el SAS, del que depende actualmente la Agencia Hospital Costa del Sol, contra una sentencia del Juzgado de la Social número 14 de Málaga que reconocía el derecho de una enfermera a percibir una compensación por el tiempo de solape. El TSJA condena además al SAS al pago de las costas procesales del recurso de suplicación hasta un máximo de 1.200 euros.

En este sentido, SATSE explica que en octubre de 2017 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social de Málaga, ratificada posteriormente en 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por Conflicto Colectivo, por la cual se estimó la demanda interpuesta por el sindicato frente a la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol.

Lo hizo en el sentido de otorgar el derecho a las enfermeras y enfermeros que prestan servicios en la entidad demandada a serle reconocido como tiempo efectivo de trabajo aquel que utilizan para transmitir la información en el cambio de turno (continuidad asistencial) relativa a los pacientes.

Sin embargo, el Sindicato de Enfermería denuncia que la Dirección de la Agencia Costa del Sol ha incumplido de forma sistemática la sentencia que reconocía el solape y el posterior acuerdo de 2021 para su remuneración a los profesionales, obligándolos a acudir a los tribunales para reclamar su compensación, fijada en dicho acuerdo en 5,5 euros por turno de trabajo realizado con carácter retroactivo desde la fecha de la sentencia de 2018.

Así SATSE Málaga ha ganado recientemente varias sentencias de enfermeras que reconocen a enfermeras de la Agencia Hospital Costa del Sol el derecho a percibir las cantidades que por este concepto no se les han abonado ya que se considera como tiempo efectivamente trabajado.

En concreto, la sentencia confirmada ahora por el TSJA fue dictada por el Juzgado de lo Social número 14 de Málaga el pasado 15 de junio de 2023 y condenaba al Servicio Andaluz de Salud a abonar a una enfermera del Costa del Sol 2.156 euros por los turnos realizados por esta trabajadora entre los años 2018, fecha de la sentencia del TSJA, y 2021, cuando se firma el acuerdo con la Agencia, así como otros 215,60 euros en concepto de intereses.

Valoración de SATSE

El Sindicato de Enfermería ha mostrado su satisfacción por el fallo del TSJA que espera se pronuncie en términos similares en el resto de sentencias ganadas por SATSE para los trabajadores en los Juzgados de lo Social y que habían sido recurridos de forma sistemática por los letrados de la Administración sanitaria.

Por el contrario, la organización sindical lamenta que, una vez más, los profesionales se vean obligados a acudir a los tribunales para el reconocimiento de sus derechos ante la vulneración sistemática por parte de la Administración, que además genera gastos en las arcas públicas al ser condenada en las costas.

SATSE subraya que esta sentencia viene a reforzar el reconocimiento como tiempo efectivo de trabajo aquel dedicado para transmitir la información en el cambio de turno relativa a los pacientes para garantizar la continuidad asistencial y condena a la empresa a compensar a los profesionales.

El Sindicato de Enfermería recuerda que el relevo entre turnos o solape de jornada es el tiempo de trabajo que una enfermera, enfermero o fisioterapeuta dedica, fuera de su jornada laboral, a facilitar al compañero o compañera que se incorpora la información clínica y de cuidados fundamental y trascendente sobre la evolución de todos sus pacientes.

Unos datos que, de igual manera, recibe cuando entra a trabajar por parte del profesional que le ha precedido en el turno anterior y que es fundamental para garantizar la continuidad asistencial y por tanto la seguridad del paciente.

Sin embargo, Andalucía es junto con Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha y Galicia de las comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla, que siguen en 2023 sin reconocer el solape de jornada como tiempo efectivamente trabajado.