Prisión para el exalcalde de Linares por cobrar "sobresueldos"

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena que incluye siete años de inhabilitación por "malversación de caudales públicos"

 Prisión para el exalcalde de Linares por cobrar "sobresueldos"

Foto: EUROPA PRESS

Juan Fernández durante la lectura del veredicto.

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la condena de tres años de prisión y siete años de inhabilitación absoluta al exalcalde de Linares, Juan Fernández, como autor de un delito de malversación de caudales públicos. Según dicta la sentencia, a la que ha tenido acceso EXTRA JAÉN, se le condena por el cobro de "sobresueldos" por un valor de 125.377 euros un dinero que procedería de las cuentas del grupo municipal socialista. 

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el exalcalde contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que rebajó de cuatro a tres años de prisión y de diez a siete años de inhabilitación absoluta las penas que le había impuesto un tribunal del jurado de la Audiencia de Jaén en marzo de 2022 como autor de un delito de malversación de caudales públicos.

Según los hechos probados, el condenado fue alcalde de Linares desde 1999 y además portavoz del Grupo municipal socialista desde 2011 hasta 2017. Durante el tiempo que ejerció la portavocía "se apropió para su propio beneficio, sin estar legalmente autorizado y sin conocimiento ni consentimiento del Grupo Socialista, de una cantidad mensual de 1.700 euros, en metálico, mediante la emisión de cheques bancarios al portador con cargo a dos cuentas pertenecientes a dicho grupo y que se nutrían exclusivamente de la dotación económica recibida del Ayuntamiento", según recoge la sentencia.

La Sala de lo Penal ha rechazado las explicaciones del exalcalde que sostenía en su recurso que "no conocía el carácter público de los fondos". A ello, la Sala responde que la sentencia recurrida "no solo deja claro que estamos ante fondos públicos, sino que destinar los fondos del grupo municipal a un sobresueldo para quien ostenta, con dedicación exclusiva, el cargo de alcalde, es un desvío ilícito de tales fondos, se trata de una autoasignación mensual, por una cantidad constante, lo que aleja la finalidad del gasto de las atenciones propias del grupo municipal, no se trata de indemnizaciones por dietas o gastos derivados del ejercicio de actividades concretas propias del grupo".

Además, destaca que Fernández actuó "sin estar autorizado, sin consentimiento, ni conocimiento del Grupo Socialista, siendo la mecánica de la apropiación la emisión de cheques al portador, con total ausencia de justificación documental de gastos".

A todo ello, añade que implica "un actuar clandestino, e indiciariamente, el conocimiento por el acusado de la ilicitud de su conducta". De hecho, considera acreditado que "el origen del dinero, su destino, su utilización y su imposibilidad de empleo para otras finalidades, era de sobra conocidos por el acusado".

En la sentencia también se afirma que "son fondos del Ayuntamiento y para el Ayuntamiento, cuya gestión se pone en manos de los diferentes grupos municipales, que no son partido político ni asociación privada, sino que son Ayuntamiento y los fondos que se les asignan son municipales, y por tanto públicos".

De esta forma, establece que dichos fondos "del mismo modo, que no podrían destinarse a financiar actividades propias del partido político, tampoco obviamente pueden serlo para remunerar a sus miembros, más allá de las dietas e indemnizaciones debidamente justificadas por servicios dentro del grupo municipal" ya que el grupo municipal "no es un tercero que recibe fondos de la Administración, sino una parte de la Corporación Municipal misma".

El exalcalde no ha negado en ningún momento haber recibido estas cantidades. Así lo declaró ante el jurado, pero ha negado que lo hiciera sin el consentimiento del PSOE. "Lo decidieron ellos y lo propusieron ellos. Me lo firmaban y me lo pagaban", explicó Juan Fernández, que desde el principio sostenía que había un acuerdo para abonarle mensualmente esa cantidad.

Una vez rechazado el recurso de casación en el Supremo, la sentencia de la Audiencia de Jaén ya es firme. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rebaja a tres años de cárcel la condena al exalcalde de Linares por malversación de caudales públicos. Juan Fernández fue alcalde por el PSOE durante 19 años hasta que en 2018 el partido le expulsó tras una investigación interna que derivó en la interposición de una querella.