La Guardia Civil evacua a vecinos atrapados en el Puente de la Sierra
El temporal afecta ya a buena parte de Los Puentes, en especial al de la Sierra y al Puente Jontoya
Así está el Puente de la Sierra.
La Guardia Civil se ha visto obligada a evacuar al menos a tres vecinos atrapados en sus viviendas del Puente de la Sierra, según ha podido saber EXTRA JAÉN. El temporal, además de las numerosas incidencias que se están produciendo en la capital, ha puesto el foco del Ayuntamiento y de los servicios de emergencias en las crecidas de los ríos que circundan la capital y donde residen alrededor de 5.000 vecinos durante todo el año.
Desde primeras horas de la mañana el alcalde, Julio Millán, se ha desplazado a las zonas y desde ayer se está vigilando la crecida de los ríos para evitar que se repitan la situación que vivió la ciudad hace ya casi treinta años.
Fue un jueves, 15 de agosto de 1996. No se había hecho nada. La presa de laminación en el río Eliche fue tumbada por el fuerte impacto medioambiental que suponía, y su alternativa, el encauzamiento de los ríos tampoco se llevó a cabo.
En junio de 2012, con la llegada del nuevo Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana, el alcalde de Jaén, José Enrique Fernández de Moya, decía textualmente: “Con el nuevo POTAU habría que calificar como ilegales cada municipio o zona que en alguna ocasión hubiera sufrido una inundación en los últimos 500 años, lo cual nos parece completamente desproporcionado”.
El Ayuntamiento de Jaén estaba preparando un nuevo PGOU de la mano de su concejal de Urbanismo Javier Márquez, que consiguió aprobarlo en 2014, aunque no entró en vigor hasta 2016. Sin embargo, duró muy poco ya que el 24 de septiembre de 2020 el BOJA publicaba su anulación definitiva tras las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y del Tribunal Supremo, por último. El motivo fue que no contaba con el trámite de Evaluación Ambiental Estratégica ni tampoco con el informe de Sostenibilidad Económica.
Pero antes de eso, ¿cómo se salvó el problema de ‘Los Puentes’?
Ayuntamiento y Junta llegaron a un acuerdo por el que el documento de ordenación simplemente recogería la situación de las viviendas de ‘Los Puentes’ en cuanto a su nivel de inundabilidad y serían los propios vecinos quienes, más tarde, deberían solicitar su legalización, siempre y cuando se cumplieran los requisitos establecidos por la ley.
Los errores cometidos en el último PGOU anulado trascienden al análisis local. En 2019, en el Noveno Congreso Internacional de Ordenación del Territorio celebrado en Cantabria el arquitecto urbanista y profesor asociado del Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio de la Universidad Politécnica de Madrid, Rafael Córdoba Hernández, y su profesora ayudante doctora del mismo departamento, Isabel González García, presentaron un estudio en el que analizaban el caso jiennense de ‘Los Puentes’.
En las conclusiones se mostraban sorprendidos porque el PGOU de Jaén no cumplía con el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía o el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Jaén en la zona de ‘Los Puentes’. Y decía textualmente: “No sólo se estaría incumpliendo normativa sino también las consideraciones del propio plano de riesgos elaborado por la Confederación Hidrográfica de la zona”. Habían pasado 23 años desde las primeras inundaciones que trascendieron incluso a nivel nacional.
Nuevo PGOU
30 años después y con un PGOU de 1996, que a su vez es un refrito del de 1986, el Ayuntamiento de Jaén aborda la redacción de un nuevo planeamiento
El diagnóstico previo elaborado por GR Arquitectos con Juan Carlos García de los Reyes al frente de su redacción recoge la obligatoriedad de actuar al dictado de la Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, conocida como LISTA. Así, este estudio previo divide ‘Los Puentes’ en tres tipos de asentamientos: los urbanísticos, que corresponden a suelo urbano, y los núcleos rurales tradicionales; los no urbanísticos, que es todo el hábitat rural diseminado; y las Agrupaciones de Edificaciones Irregulares en suelo rústico: unas, con posibilidad de ser incorporadas a una actuación de transformación urbanísitica de nueva urbanización y otras irregulares que son compatibles con el modelo de transformación urbanística. Para éstas últimas, se hará un Plan Especial de adecuación ambiental territorial, para establecer las medidas necesarias para su integración ambiental, territorial y paisajística.