El TSJA confirma la sentencia del violador del parking de La Victoria

Además de los 15 años de prisión, deberá indemnizar a la víctima en 60.000 euros por los daños morales y lesiones causadas

 El TSJA confirma la sentencia del violador del parking de La Victoria

Foto: Extra Jaén

El acusado durante el juicio celebrado en la Audiencia de Jaén

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén que condena a 15 años de prisión a un joven, de 22 años, por violar a una mujer en un aparcamiento público de la capital jiennense a la que asaltó por la espalda en el momento en el que se dirigía a pagar en el cajero automático para retirar su vehículo. Todo lo ocurrido quedó grabado en las cámaras de seguridad del parking.

La defensa del acusado presentó recurso de apelación ante el TSJA para solicitar la aplicación de la eximente de comisión de la infracción penal en estado de intoxicación plena, por consumo de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes, y en caso de no estimarla, subsidiariamente la atenuante del mismo.

De esta forma, tal y como señala en el TSJA en su sentencia recogida por Europa Press, en el recurso "no se discute la autoría en los términos que ha venido declarada por la sentencia recurrida, ni la aplicación del tipo penal aplicado", sino que la discrepancia viene por no recoge como eximente o atenuante el supuesto estado de embriaguez al que alude la defensa.



El TSJA estima que no se aplican porque el tribunal de la Audiencia de Jaén, "de forma razonada, razonable y coherente" lo rechazó en virtud a las declaraciones de los testigos que apuntaron en el juicio que no vieron que el acusado presentara signos de estar bajo los efectos de las drogas o el alcohol.

Además de la pena de prisión, la sentencia, ahora confirmada por el TSJA, impone diez años por encima del cumplimiento de la pena de cárcel de prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima, y diez años de libertad vigilada en la que deberá someterse a programas de educación sexual.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima en 60.000 euros por los daños morales y lesiones causadas. También tendrá que hacer frente al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

Los hechos probados y sentenciados se remontan a las 00,45 horas del 7 de julio de 2022, cuando el acusado, "con ánimo libidinoso", se introdujo desnudo en el parking público La Victoria y aprovechando que la víctima estaba pagando en el cajero, "la llamó por la espalda, la golpeó fuertemente en el rostro y cuerpo varias veces hasta dejarla indefensa, la arrinconó, la tiró al suelo" y la violó.

Además, tal y como se recoge en los hechos probados, en varias ocasiones el ya condenado llegó a "apretarle fuertemente por el cuello hasta dejarla inconsciente en varios intervalos de tiempo para aumentar su indefensión".

Durante el juicio celebrado en enero de este año, el acusado se limitó a negar los hechos y a manifestar que no se acuerda si estaba desnudo y que ignoraba el motivo por el que fue detenido.

Además del testimonio de la víctima, la sentencia recoge la declaración de dos testigos que entraron en el aparcamiento. Uno de ellos vio cómo le propinaba puñetazos a la chica antes de salir huyendo desnudo gritando "ella quería". El segundo de los testigos fue capaz de alcanzarlo y retenerlo hasta que llegó la policía.

En el lugar de los hechos, además de la ropa interior de la víctima, se localizó ropa del acusado y una de las rastas del acusado. Las declaraciones de la víctima, de los testigos y la grabación de las cámaras llevan al tribunal a determinar que "la solidez" de las pruebas conducen a estimar como probados los hechos denunciados y a dictar una sentencia condenatoria.

La sentencia de la Audiencia rechazó también que el acusado cometiera los hechos como consecuencia de su adicción a las drogas y al alcohol. Se basó para ello en que el policía que practicó la detención dijo que "el procesado no tenía síntomas de drogas o de alcohol". Además, se sumó el informe de uno de los peritos que estableció que el procesado "no presentaba trastorno alguno ni patologías". Ahora, el TSJA respalda estos extremos y confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén.

La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.